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    La sujeción al Derecho civil común o al especial o foral de los extranjeros, particularmente en materia de sucesiones
    (Iprolex, 2025) Fontanellas Morell, Josep M.
    El hecho de que España sea un Estado plurilegislativo de base territorial explica la existencia en su seno de un sistema de Derecho interregional concebido para resolver los conflictos de leyes que puedan surgir por la posible aplicación de más de una legislación española a una relación privada interna. Para determinar la ley aplicable a una sucesión mortis causa, se utiliza el criterio de la vecindad civil, que es un estatus exclusivo de los ciudadanos españoles. Sin embargo, esta conexión, que, no sin dificultades, es eficaz para realizar la tarea asignada, deviene inaplicable cuando, excepcionalmente en un supuesto de tráfico externo, el derecho español debe aplicarse a la sucesión de un extranjero debido a un reenvío de primer grado. En estos supuestos, la doctrina mayoritaria había defendido la observancia, por analogía, de la ley de la última residencia habitual del de cuius, solución que el Tribunal Supremo ha consagrado en su Sentencia de 19 de mayo de 2025. El veredicto, que merece ser elogiado, tiene, además, la virtud de dar pistas sólidas sobre cuáles habrían de ser las condiciones que deberían reunir futuros pronunciamientos, que desarrollaran esta jurisprudencia, para dar respuesta a hipótesis no cubiertas por la actual normativa conflictual autónoma ni por la reciente posición del Alto Tribunal. Con todo, la lección de mayor alcance que quizás pueda extraerse de la resolución del Tribunal Supremo sea la de proyectar su razonamiento a los casos sometidos al Reglamento 650/2012 en los que sus normas de conflicto remitan al ordenamiento plurilegislativo español, para, extendiendo al límite la interpretación brindada por nuestra Corte Suprema, tomar partido en el debate sobre la correcta aplicación del art. 36 del instrumento europeo.
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    Respuesta jurídica frente a la violencia por causa de honor: Percepciones entre población joven
    (Universitat Pompeu Fabra, 2026) Villacampa Estiarte, Carolina; Torres Ferrer, Clàudia; Salat Paisal, Marc
    La violencia por causa de honor constituye la forma de designar un conjunto de conductas orientadas a preservar o restaurar el honor familiar. Constituye una manifestación de la violencia contra las mujeres que está ganando protagonismo en el mundo occidental como efecto de la globalización. El convenio de Estambul y la Directiva europea sobre la lucha contra la violencia contra las mujeres demandan que se afronte mediante una aproximación victimocéntrica para cuya adopción puede ser relevante conocer la percepción sobre su gravedad y la respuesta jurídica considerada adecuada según población joven europea. Con dicho fin se emprendió esta investigación con una muestra de 3.005 estudiantes universitarios en Cataluña. Los resultados revelan que la violencia por causa de honor es ampliamente percibida como grave y delictiva, sobre todo entre las mujeres y quienes tienen conocimiento y formación en esta forma de violencia, pero que se defienden respuestas institucionales centradas en la protección de las víctimas, alejadas de posiciones punitivistas.
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    El plan de prevención de pérdidas y desperdicio alimentario: nuevo deber para las cooperativas agroalimentarias
    (CIRIEC, 2026) García Companys, Anna
    La Ley 1/2025, de 1 de abril, de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario impone a los agentes de la cadena alimentaria el deber de elaborar un Plan para la Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario. Dado que esta obligación afecta a todas las cooperativas agroalimentarias que no tengan la condición de microempresa, resulta fundamental analizar sus implicaciones tanto para estas entidades como para sus miembros. Lejos de ser meros destinatarios pasivos de las decisiones de los órganos sociales, los socios son actores clave cuya participación resulta esencial para identificar los puntos críticos de pérdida y garantizar la eficacia de las medidas adoptadas. Por ello, el trabajo postula su implicación activa tanto en la formulación del Plan como en su implementación en las explotaciones, y propone medidas concretas para dar una respuesta apropiada y sostenible a las exigencias legales.
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    Sector financiero en la Economía Social (enero 2026 – mayo 2026)
    (CIRIEC, 2026) Puyalto Franco, María José; García Companys, Anna
    La STS 22/2026, cuyo ponente es Ignacio Sancho Gargallo, resuelve un conflicto sobre la clasificación concursal de dos créditos con garantía hipotecaria en el concurso de acreedores de la mercantil GRUPOINMO (DIRECCION000). Los créditos fueron originalmente concedidos en el mes de septiembre de 2007 por la cooperativa de crédito Cajamar Caja Rural, con garantía hipotecaria sobre varias fincas de la concursada. En noviembre de 2017, Cajamar cedió esos derechos de crédito a Hortofrutícola Costa Cálida S.L. por seiscientos mil euros (siendo el monto total adeudado de más de 1,8 millones de euros). Este pronunciamiento tiene consecuencias directas para las entidades de crédito (incluidas, como no, las cooperativas de crédito) como cedentes de carteras hipotecarias, práctica habitual en la gestión de morosidad de sus clientes.
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    Open Access
    ¿Debe revalorizarse anualmente la retribución percibida por el personal investigador contratado mediante financiación externa? A propósito de la STS 19.1.2026
    (Universitat Pompeu Fabra, 2026) Moreno Gené, Josep
    En los últimos años, diferentes colectivos de personal investigador contratado mediante financiación externa han procedido a reclamar a sus universidades y centros de investigación públicos de acogida poder beneficiarse de las correspondientes revalorizaciones salariales previstas en las correspondientes leyes presupuestarias, en los mismos términos que el resto de personal. Ante la persistente negativa de estas instituciones a reconocer este derecho, han acudido a los tribunales laborales. La sentencia del Tribunal Supremo de 19.1.2026, objeto de este estudio, resuelve una de estas reclamaciones, en particular, la planteada por un amplio colectivo de personal investigador contratado mediante financiación externa que desarrolla su actividad investigadora en la Universidad de Santiago de Compostela.